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Aplazamiento de la entrada en vigor de la Ley VeriFactu

El Gobierno ha anunciado recientemente un segundo aplazamiento de la entrada en vigor de la Ley VeriFactu. Inicalmente, estaba inicialmente prevista su obligatoriedad para julio de 2025. Posteriormente, se prorrogó al 1 de enero de 2026 y recientemente se ha prorrogado por segunda vez su obligatoriedad al 1 de enero de 2027, lo que otorga a empresas y autónomos un margen adicional para adaptarse a esta importante reforma en materia de facturación electrónica y control tributario.

¿Qué es la Ley VeriFactu?

La Ley VeriFactu forma parte del reglamento que desarrolla el artículo 29.2.j) de la Ley General Tributaria, el cual establece la obligación de que los sistemas informáticos de facturación de empresas y autónomos permitan la remisión directa, segura y fiable de los registros de facturación a la Agencia Tributaria.

El objetivo principal de esta normativa es prevenir el fraude fiscal, evitar la doble contabilidad y garantizar una mayor trazabilidad de las operaciones económicas. El sistema VeriFactu exige el uso de software de facturación certificado que cumpla con requisitos técnicos específicos, como la inalterabilidad, trazabilidad y conservación de los registros.

Motivos del aplazamiento

El Ministerio de Hacienda ha justificado este retraso debido a:

  • La necesidad de dar más tiempo a empresas, autónomos y desarrolladores de software para adaptarse a los requisitos técnicos exigidos por la normativa.
  • La complejidad del desarrollo reglamentario pendiente, que todavía no ha sido aprobado de forma definitiva.
  • Las peticiones de distintos sectores empresariales que han reclamado una implementación más gradual para evitar posibles disrupciones operativas.

Nueva fecha de entrada en vigor: 1 de enero de 2027

Con este nuevo calendario, la Ley VeriFactu no será obligatoria hasta el 1 de enero de 2027, lo que significa que tanto los proveedores de soluciones de facturación como los contribuyentes disponen de un periodo adicional de preparación de aproximadamente un año y medio.

No obstante, los programas de SoftPyme hace meses que se encuentran adaptados a dicha ley. Más información en: https://www.softpyme.es/tpv-ley-verifactu/

¿Qué deben hacer las empresas y autónomos ahora?

Aunque el plazo se haya ampliado, es aconsejable:

  • Tener el mantenimiento de su programa de SoftPyme en vigor.
  • Estar al tanto de los emails informativos que enviamos a nuestros clientes con el mantenimiento en vigor.
  • En caso de duda, no deje de contactarnos. Pinche aquí para contactarnos.

Estaremos atentos a próximas novedades y te mantendremos informado con todas las actualizaciones relevantes.

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